OrdenanzasGenerales de Edificación; Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Zaragoza ; Ordenanza Municipal de Distancias Minimas y Zonas Saturadas para Actividades Reguladas en la Ley 11/2005, de Espectaculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
ORDENANZAMUNICIPAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS OMPCIZ-95; 12. -Condiciones de tranquilidad, medioambientales, higiénico-sanitarias, seguridad y accesibilidad Justificación del cumplimiento del articulado, en lo relativo a las normas aplicables en cada caso, en función del tipo de actividad de que se trate (CódigoORDENANZAMUNICIPAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DE ZARAGOZA. Artículo 40. 1. Constituyen infracciones las acciones u omisiones que vulneren las prescripciones contenidas en la NBECPI y la presente Ordena nza. 2. Las infracciones se clasificarán en leves, graves y muy graves. 3.
. 391 274 149 449 85 455 250 181